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  • Foto del escritorThyani Rodrigues Puppio

Cambios en el Simples Nacional y sus consecuencias para los nómadas digitales


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Cambios en el Simples Nacional: ¿cuáles son las consecuencias (perjudiciales) para los nómadas digitales?

 

Recientemente (abril de 2024), el Poder Ejecutivo envió el Proyecto de Ley Complementaria (PLP) nº 68/2024, que reglamenta el nuevo "IVA" brasileño: el IBS (Impuesto sobre Bienes y Servicios) y el CBS (Contribución sobre Bienes y Servicios), instituidos por la Reforma Tributaria. Estos impuestos sustituirán al ICMS y al ISS.


La Reforma Tributaria fue promulgada por el Congreso Nacional en diciembre de 2023 a través de la Enmienda Constitucional (CE) nº 132, trayendo varios cambios al Sistema Tributario Brasileño.


Hablaré más sobre los cambios en otros impuestos en este artículo.


Este artículo se centrará en el IBS y el CBS, precisamente porque se incorporarán al sistema tributario del Simples Nacional, impactando directamente a muchos pequeños empresarios domiciliados en el extranjero, incluidos los nómadas digitales cuya principal fuente de ingresos es una empresa cubierta por el Simples Nacional.


Sin más preámbulos, entremos en materia.

 

IBS/CBS y el periodo transitorio

 

La Reforma Fiscal estableció un periodo de transición para la completa adhesión al nuevo régimen fiscal. En otras palabras, durante el periodo de transición se aplicarán dos regímenes fiscales al mismo tiempo: el antiguo y el nuevo. El período de transición será de 10 años.


Actualmente, el Simples Nacional abarca los siguientes impuestos:


a) ICMS;

b) ISS;

c) CSLL;

d) IRPJ;

e) COFINS;

f) PIS y;

j) CPP.


Con la Reforma Tributaria y la Reglamentación del IBS y CBS, durante el período de transición el Simples Nacional cubrirá los siguientes tributos:


a) ICMS;

b) ISS;

c) CSLL;

d) IRPJ;

e) CPP;

f) IBS;

j) CBS.


Este cambio en la fiscalidad, según el PLP 68/2024, se aplicará ya en 2027, ¡en sólo dos años!


En otras palabras, a partir de 2027 el ICMS, el ISS, el IBS y el CBS se gravarán conjuntamente hasta 2032 como mínimo. Al aplicarse dos regímenes al mismo tiempo, ¿cuál será la consecuencia inmediata? Un aumento de la presión fiscal.

 

Tasa IBS/CBS fijada por el Ejecutivo

 

El tipo IBS/CBS previsto por el Ejecutivo es del 26,5%.


El tipo PIS + COFINS actualmente aplicado, que estará en vigor hasta que se regule el IBS/CBS, es del 3,65%. Las alícuotas del ISS y del ICMS varían según el municipio y el estado.


Según este PLP, la Unión, los estados y los municipios tendrán autonomía para fijar sus tipos básicos IBS/CBS, de lo contrario se aplicará la norma general.


Como este proyecto de ley aún no ha sido aprobado, no es posible decir cuál será la tasa de hecho del IBS/CBS y cómo se incorporará al Simples Nacional. Sin embargo, es posible constatar que el Simples Nacional se verá directamente afectado por cualquier modificación que se introduzca en este proyecto de ley y en los proyectos de ley posteriores.


En opinión de este autor, en varias actividades, el tipo mínimo del Simples Nacional podría superar el 10% - actualmente oscila entre el 4% y el 8% dependiendo de la actividad desarrollada.


El propio PLP 68/2024 afirma categóricamente en su artículo 19, párrafo 1, "c":


“Art. 19. Qualquer alteração na legislação federal que reduza ou eleve a arrecadação da CBS ou do IBS:

(..)

§ 1o Para fins do disposto no caput:

I - deverá ser considerada qualquer alteração na legislação federal que reduza ou eleve a arrecadação da CBS ou do IBS, contemplando, entre outros:

(..)

c) alterações no regime favorecido de tributação do Regime Especial Unificado de Arrecadação de Tributos e Contribuições devidos pelas Microempresas e Empresas de Pequeno Porte – Simples Nacional e do Microempreendedor Individual – MEI, de que trata a Lei Complementar no 123, de 14 de dezembro de 2006;”


ES:

"Art. 19: Cualquier cambio en la legislación federal que reduzca o aumente la recaudación del SBC o del SII:

(..)

§ Párrafo 1º A los efectos del caput:

I - será considerado cualquier cambio en la legislación federal que reduzca o aumente la recaudación de CBS o IBS, incluyendo, pero no limitado a:

(..)

c) alteraciones en el régimen de tributación favorecida del Régimen Especial Unificado de Recaudación de Impuestos y Contribuciones adeudados por las Micro y Pequeñas Empresas - Simples Nacional y del Microempresario Individual - MEI, a que se refiere la Ley Complementaria 123, de 14 de diciembre de 2006;".


Si se confirma el tipo del 26,5%, se producirá un aumento exponencial en varios sectores de nuestra economía, incluidos los que se benefician del Simples Nacional, como es el caso de muchos nómadas digitales.


Esto hace imprescindible realizar un análisis fiscal para comprobar las condiciones de cambio de régimen fiscal.


Si está interesado en contratar servicios jurídicos profesionales relacionados con el Análisis Fiscal para un cambio de régimen fiscal, somos un despacho de abogados especializado en la materia. Para ello, póngase en contacto con nosotros a través de WhatsApp o por correo electrónico: thyanipuppio@gmail.com


Déficit fiscal de 1.527 millones de reales, tragedia en RS, y el consiguiente aumento de la presión fiscal


Según el Ministerio de Hacienda[1], en marzo de 2024 Brasil tenía un déficit primario de 1,527 billones de reales.


Según datos del Banco Central[2], la Deuda Bruta del Gobierno General - que incluye Gobierno Federal, INSS, gobiernos estaduales y municipales - en abril de 2024 era de R$8,4 billones (76% del PIB Nacional).


Con la catástrofe ocurrida en Rio Grande do Sul como consecuencia del gran volumen de lluvias a finales de abril y principios de mayo de 2024, Federasul[3] anunció que el coste estimado de la reconstrucción del estado podría oscilar entre 110.000 y 176.000 millones de reales.


Como resultado, Brasil está siendo testigo de una serie de cambios en el sistema tributario, especialmente en lo que se refiere al aumento de impuestos.


Recientemente vimos la aprobación en el Congreso de la ley que eliminará la exención para compras internacionales de hasta US$50, la inclusión de aeronaves y jets en el IPVA, el aumento del ITCMD, la creación del Impuesto Selectivo, entre otros.


La razón es simple: el Estado no produce riqueza. Si el Estado aumenta su deuda y/o sus gastos, ¿de dónde sacará el dinero? De los contribuyentes.


Falta de recortes del gasto


Aunque aprobaron la Reforma Fiscal con el discurso de reducir la presión fiscal, este discurso no se ajustará a la realidad, ya que no es posible hablar de Reforma Fiscal sin recortar el gasto.


Para recortar efectivamente el gasto, es necesario realizar una Reforma Administrativa. Esta reforma no se ha realizado y nada indica que se vaya a realizar a corto o medio plazo.


Pues bien, si se mantiene el gasto y se han eliminado algunos impuestos en la Reforma Fiscal (como es el caso del PIS/COFINS, ICMS e ISS), ¿qué ocurre? Un aumento de la presión fiscal.


No es de extrañar que 11 estados subieran los tipos del ICMS a principios de 2024[4].


Posibles soluciones para nómadas digitales


Ante este panorama, ¿cuál sería la solución para los nómadas digitales acogidos al Simples Nacional?


Dependerá de cada caso concreto, ya que es necesario analizar la situación económica y social de cada individuo.


En función del análisis, se pueden plantear varias soluciones diferentes, como por ejemplo


a) Planificación fiscal para pasar de Simples Nacional a Lucro Presumido o Lucro Real;


b) Planificación fiscal para reasignar recursos en el exterior de forma lícita, como constitución de sociedades offshore, inversiones en el exterior, entre otras.


La tendencia en Brasil en los próximos años es el aumento de la carga tributaria en general, por lo que la planificación fiscal es esencial para evitar la evasión fiscal, la doble imposición y el pago indebido de impuestos.


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